Seguro de responsabilidad civil subsidiaria y cruzada para empresas que subcontratan
Son las dos garantías que aparecen cuando el daño no lo causa tu empresa, sino alguien a quien contrataste. La subsidiaria responde si el responsable directo no puede pagar. La cruzada cubre a los trabajadores de ese tercero.
- La subsidiaria no se activa sola: exige cuatro condiciones a la vez
- La cruzada responde de los empleados de tus contratistas, no de los tuyos
- Ninguna de las dos lleva franquicia en España
Te atiende un mediador. Coberturas, límites, franquicias, exclusiones y aceptación del riesgo dependen del condicionado de cada compañía y de la actividad declarada.
Comparativa entre compañías
Con la actividad, la facturación y el volumen que subcontratas podemos pedir tarificación a varias aseguradoras.
De dónde sale lo que has leído
Es la pregunta que deberías hacerle a cualquier web que te hable de coberturas.
Todo lo que has leído aquí sobre la RC subsidiaria y la cruzada —las garantías, los sublímites, los plazos y las exclusiones— sale de esos documentos. Cuando un dato depende de tu contrato concreto, lo decimos en vez de generalizar.
Lo firman dos personas con más de veinte y más de dieciocho años en el sector asegurador, desde una correduría inscrita en la DGSFP con la clave J368GC. Quiénes somos, y qué es la responsabilidad civil si quieres empezar por la ley.
Qué es la responsabilidad civil subsidiaria
Es la que te alcanza cuando el daño lo causó otro, ese otro es declarado responsable y no puede pagar. Entonces la reclamación sube hasta tu empresa.
El supuesto típico es el de la empresa que subcontrata: un contratista causa un daño a un tercero, se le condena, y resulta insolvente. El perjudicado no se queda sin cobrar, y quien responde en segundo lugar es la empresa principal.
Lo importante para decidir si te hace falta no es el concepto, sino cuándo se activa la garantía. En el condicionado no basta con que el contratista no pague: tienen que darse cuatro condiciones a la vez.
Sentencia firme
Tiene que existir una resolución judicial firme. Un acuerdo privado o una reclamación extrajudicial no bastan.
Insolvencia del responsable directo
Quien causó el daño debe ser insolvente. Si puede pagar, la subsidiaria no entra.
Condena como subsidiario
Tu empresa debe haber sido condenada expresamente en esa condición, no simplemente señalada.
Sin póliza del principal, o insuficiente
El responsable directo no tiene seguro, o su capital no llega a cubrir la indemnización.
Qué cubre la RC cruzada
Resuelve un hueco concreto: los daños corporales que sufran los empleados de tus contratistas y subcontratistas trabajando para ti.
Puede contemplar
- Daños corporales a empleados de contratistas y subcontratistas
- La reclamación de ese trabajador contra tu empresa como principal
- Los siniestros ocurridos en la Unión Europea, con franquicia propia
- El escenario en que varias empresas coinciden en el mismo centro de trabajo
Queda fuera
- Tus propios empleados, que corresponden a la garantía de RC patronal
- Los daños materiales, que van por Explotación
- Lo que el condicionado excluya por actividad no declarada
Quién responde de quién
Cuatro garantías que se confunden porque suenan parecido y cubren a personas distintas.
| Garantía | Quién sufre el daño | Quién lo causa | Cuándo entra |
|---|---|---|---|
| Subsidiaria | Un tercero | Tu contratista | Cuando el contratista es condenado y resulta insolvente |
| Cruzada | Empleado de tu contratista | Tu empresa o el entorno de trabajo | Cuando ese trabajador reclama a tu empresa |
| Patronal | Tu propio empleado | Tu empresa | Accidente de trabajo reclamado por encima de la Seguridad Social |
| Explotación | Un tercero | Tu actividad | Daño directo causado por tu empresa |
Una empresa que subcontrata necesita normalmente las cuatro. La que más se olvida es la cruzada, porque el riesgo no se percibe como propio hasta que llega la demanda.
El capital alto no significa estar cubierto
Leyendo una póliza garantía por garantía, lo que aparece casi nunca es un capital corto: es una garantía que nadie contrató y que cubría justo el riesgo principal de esa actividad.
- Panadería, 1.200.000 € de capitalSin RC Productos. Si un cliente enferma por un producto elaborado, esa reclamación no está cubierta.
- Taller de automoción, ocho garantíasSin Post-Trabajos. Una reparación defectuosa, que es su riesgo nuclear, queda fuera.
En una empresa que subcontrata, el equivalente es tener un capital de explotación generoso y ninguna cobertura para lo que hagan —o sufran— los contratistas. Revisar qué garantías faltan es el trabajo previo a cualquier precio.
Quién debería tenerlas contratadas
Construcción y reformas
Varias empresas en el mismo tajo y cadenas de subcontratación largas. Es el perfil de manual.
Industria con mantenimiento externo
Personal ajeno entrando a trabajar en tus instalaciones y con tu maquinaria.
Logística y servicios
Transporte, limpieza, seguridad o montaje subcontratados de forma habitual.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la responsabilidad civil subsidiaria?
Es la responsabilidad que recae sobre tu empresa cuando el daño lo causó otro, normalmente un contratista, ese otro es condenado y no puede hacer frente a la indemnización. La garantía responde en segundo lugar, y solo si se cumplen las condiciones del condicionado.
¿Cuándo se activa la RC subsidiaria?
En el condicionado deben darse cuatro condiciones a la vez: sentencia firme, insolvencia del responsable directo, condena de tu empresa en calidad de subsidiaria, e inexistencia o insuficiencia de la póliza del responsable principal. Si falta una, la garantía no entra.
¿Qué cubre la RC cruzada?
Los daños corporales que sufran los empleados de tus contratistas y subcontratistas, y la reclamación que esos trabajadores dirijan contra tu empresa como principal. Tus propios empleados no entran aquí: eso es RC patronal.
¿La RC cruzada cubre a mis propios trabajadores?
No. La cruzada se refiere a personal de terceros que trabaja para ti. Los daños corporales de tu plantilla propia corresponden a la garantía de responsabilidad civil patronal, que se contrata aparte y tiene su propio límite por víctima.
¿Llevan franquicia la subsidiaria y la cruzada?
En el condicionado, ninguna de las dos lleva franquicia para los siniestros ocurridos en España. Para los del resto de la Unión Europea se aplica una franquicia de 1.500 €.
Si mi contratista tiene seguro, ¿necesito la RC subsidiaria?
Si su póliza existe y su capital cubre el daño, la subsidiaria no llega a activarse. El problema es que eso no se sabe hasta que hay siniestro y sentencia. Exigir el certificado de seguro de cada contratista y archivarlo reduce el riesgo más que ampliar capital, pero no lo elimina.
¿Se pueden contratar por separado la subsidiaria y la cruzada?
Habitualmente son garantías dentro de una póliza de responsabilidad civil, no productos independientes. Se comercializan juntas porque cubren las dos caras del mismo riesgo: lo que tu contratista causa y lo que le ocurre a su gente.
Dinos qué subcontratas y revisamos qué te falta
Sujeto al análisis y la aceptación del riesgo por parte de cada compañía.
Si subcontratas en obra, hay un agujero que casi nadie ve: la diferencia entre el seguro decenal del promotor y el del técnico, que los condicionados de construcción excluyen de la póliza de RC. Y si firmas proyecto o dirección de obra, te toca el seguro de responsabilidad civil del técnico. Para el resto: la responsabilidad civil de empresa.
Coberalia es una marca comercial de Nubium Correduría de Seguros SL, con domicilio comercial en calle Valencia 497, entresuelo 4º, 08013 Barcelona, CIF B63669832, inscrita en el Registro Administrativo Especial de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con clave J368GC, con seguro de responsabilidad civil profesional y capacidad financiera conforme al Real Decreto-ley 3/2020. Jacob Mendoza interviene como colaborador externo de la correduría. Las cifras y condiciones de esta página proceden del análisis de pólizas del ramo de un producto de RC pyme; son configuraciones observadas en ese producto, no una oferta ni una comparación entre compañías. Coberturas, límites, sublímites, franquicias, exclusiones y ámbito territorial dependen del condicionado de cada compañía y de la actividad declarada, que prevalecen en todo caso.