Seguro de responsabilidad civil para empresas
Responde de los daños que tu empresa causa a un tercero y está obligada a indemnizar. No es una cobertura: son siete garantías que se contratan por separado y solo una va siempre dentro. El problema casi nunca es que falte capital; es que falta la garantía que cubre lo que haces todos los días.
- Siete garantías, y solo la de explotación va siempre incluida
- Nueve exclusiones que se repiten en prácticamente toda la RC de empresa
- El producto cambia según lo que factures, no solo según lo que hagas
Revisar tu póliza no tiene coste. Al corredor lo retribuye la compañía.
Las siete garantías, y cuál te falta
Solo la primera va siempre dentro. Las demás se contratan una a una, y ahí aparecen los huecos.
RC de explotación
El núcleo. Los daños que causas a un tercero mientras desarrollas tu actividad. Es lo único que va siempre incluido.
RC patronal
Un empleado se accidenta y te reclama por encima de lo que cubre la Seguridad Social. Tiene límite propio por víctima. Ojo: algunas compañías ya la llaman RC por accidentes de trabajo.
RC locativa
Respondes ante el propietario del local que tienes alquilado. Va sublimitada y suele limitarse a incendio, explosión y daños por agua.
RC subsidiaria y cruzada
Si subcontratas, respondes de lo que tu contratista cause a un tercero y de lo que le pase a su gente en tu obra.
RC de productos y post-trabajos
El daño que causa lo que has fabricado, vendido o instalado después de entregarlo. Si fabricas, montas o reparas y no la tienes, tu riesgo más caro está fuera.
RC por contaminación accidental
Solo lo accidental y repentino. La contaminación gradual queda fuera de forma prácticamente universal.
Lo que no cubre ninguna, la firme quien la firme
Nueve exclusiones aparecen, con una redacción u otra, en prácticamente toda la responsabilidad civil que se vende en España.
Puede contemplar
- El daño material o corporal a un tercero desarrollando tu actividad
- El accidente de un empleado propio, con la patronal contratada
- Los daños al local alquilado, con la locativa
- El daño de tu producto o trabajo ya entregado, con productos y post-trabajos
- La actuación de tus subcontratas, con la subsidiaria y la cruzada
- Los gastos de defensa y las fianzas, con un tope propio
Queda fuera en todas
- El riesgo nuclear, la fusión, la fisión y la contaminación radiactiva
- El amianto, en los cuatro condicionados que lo detallan
- Las multas y las sanciones de cualquier tipo
- Guerra, terrorismo, motín, terremoto e inundación, que van al Consorcio
- La circulación de vehículos a motor
- Los daños que ya cubre un seguro obligatorio
- Los perjuicios económicos puros
- Los bienes que tienes en tu poder o sobre los que trabajas
- El dolo y la mala fe
Tu sector cambia la póliza más de lo que crees
No porque el producto sea distinto, sino porque las garantías que te faltan son otras. Esto es lo que miramos según a qué te dedicas.
| Sector | Dónde está el agujero, casi siempre |
|---|---|
| Hostelería y restauración | Intoxicación alimentaria dentro de productos; daños al local alquilado con la locativa, que va sublimitada; y la patronal, con una plantilla que rota mucho |
| Talleres y reparación | Los bienes bajo tu custodia. El taller responde del coche que empuja contra otro, no del que está reparando: eso se contrata aparte |
| Comercio y oficinas | La locativa, si el local es alquilado, y su sublímite. Suele ser la mitad o menos del capital general |
| Fabricación e instalación | Productos y post-trabajos. Es la garantía que cubre el riesgo más caro de estas actividades y la que más veces falta |
| Construcción | La responsabilidad decenal, que los condicionados de construcción excluyen expresamente y remiten a un producto aparte |
| Eventos y actividades puntuales | La actividad declarada. Un evento fuera de tu actividad habitual puede no estar dentro de la póliza anual |
Si construyes o firmas obra, empieza por la diferencia entre el seguro decenal del promotor y el del técnico: es el agujero más caro de todos los de esta tabla.
Tu facturación decide el producto, no solo el precio
Es algo que no se ve desde fuera y que explica por qué dos presupuestos de la misma compañía pueden ser incomparables.
Las aseguradoras no tienen un seguro de responsabilidad civil de empresa. Tienen varios productos por tramos de facturación, con condicionados distintos: uno para el autónomo y la pyme pequeña, otro para la empresa mediana, otro para la grande. Cada tramo tiene su techo, y por encima de ese techo la compañía no te cotiza en ese producto.
La consecuencia práctica es que crecer puede cambiarte de producto, no solo de prima. Y que dos ofertas con el mismo capital pueden traer coberturas distintas porque salen de condicionados distintos. Comparar solo la cifra grande de la portada no te dice nada.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el seguro de responsabilidad civil para una empresa?
Depende de la actividad. Hay sectores con seguro obligatorio por norma y comunidades autónomas que lo exigen para determinadas licencias. Para el resto no es obligatorio por ley, aunque lo exigen habitualmente los clientes, los pliegos de contratación pública y los contratos de alquiler de local.
¿Qué capital necesita mi empresa?
Menos de lo que parece, y con un matiz importante: en las pólizas de pyme el capital estándar se repite prácticamente igual en toda la cartera. Lo que de verdad decide lo que cobras no es esa cifra grande, son los sublímites: el límite por víctima de la patronal, el de la locativa y el de defensa jurídica.
¿Hasta cuándo puedo reclamar si anulo la póliza?
En las pólizas por ocurrencia, que son la mayoría en responsabilidad civil general de empresa, el daño debe haber ocurrido durante la vigencia y la reclamación se admite hasta veinticuatro meses después de la extinción del contrato, según el documento de producto. En responsabilidad civil profesional el esquema suele ser el contrario.
¿Cubre a mis subcontratas?
Solo si tienes contratadas la RC subsidiaria y la cruzada, que van aparte y se activan cuando se cumplen varias condiciones a la vez. No van dentro de la explotación.
¿Cuánto cuesta?
Depende de la actividad mucho más que del capital. No publicamos cifras porque solo tenemos precios de una compañía y eso no sería una comparativa. Aquí explicamos de qué depende el precio y las ocho preguntas que te tienen que hacer antes de darte uno.
Mándanos la póliza de tu empresa y te decimos qué le falta
Leemos tus condiciones particulares contra el condicionado y te decimos por escrito qué garantías te faltan para tu actividad, dónde están los sublímites y qué exclusiones te afectan de verdad. Sin coste y sin compromiso. Sujeto al análisis y la aceptación del riesgo por parte de cada compañía.
¿Todavía no toca? Empieza por la garantía que más dudas genera: la RC patronal si tienes empleados, la RC locativa si trabajas en local alquilado y el seguro de administradores y directivos si formas parte del órgano de administración.
Este contenido es informativo y no sustituye a las condiciones generales y particulares de cada póliza, que son las que determinan el alcance de la cobertura. Las coberturas, capitales, franquicias, exclusiones, sublímites, ámbito territorial y la aceptación del riesgo dependen del condicionado y de la actividad declarada. Las afirmaciones reflejan la práctica habitual del ramo en España; no son una oferta.